Nota. - Si es reingreso, no es necesario el certificado de nacimiento, si no cambió de empleador y no cuenta con más de un año de cesantía, no es necesario el examen pre ocupacional.
Nota. - En caso de convivencia, presentar: Acta de reconocimiento original o fotocopia de la partida registro del Órgano Electoral Plurinacional.
Nota. - Todos los primeros ingresos con el D.S. 0268 deben pasar por Trabajo Social
AFILIACIÓN ESPOSO (a) e HIJOS MENORES DE 19 AÑOS
PARA BENEFICIARIOS: ESPOSO (a) e HIJOS MENORES DE 19 AÑOS
FORMULARIOS QUE DEBEN SER ADQUIRIDOS
Afiliación del Empleador
Requisitos
Afiliación de las Trabajadoras(es)
Requisitos
Nota. - La conviviente del asegurado (a) titular, tiene derecho a su afiliación y registro en el Seguro de su Conviviente titular de derecho, en tal sentido la Caja Nacional de Salud reconoce la existencia de una sola unión concubinaria no pudiendo afiliar el trabajador a diferentes concubinas; aspecto que debe ser necesariamente verificado por Trabajo Social.
El derecho de conviviente concluye:
Nota. - Cabe aclarar que la Comisión Calificadora Reinserción Beneficiario debe emitir Resolución expresa para la baja de la o del conviviente.
El Titular del Seguro deberá presentar la siguiente documentación:
Nota. - Para la afiliación de los padres, la C.N.S. condiciona diferentes requisitos, entre ellos los más importantes es la dependencia absoluta y permanente de los padres en relación a la hija/o asegurada/o, en los aspectos económicos sociales, familiares y de vivienda, aspectos que son establecidos a través de una investigación de trabajo Social.
El Titular del Seguro debe reunir los siguientes requisitos:
Los documentos que el trabajador deberá presentar para su afiliación son:
Nota. - Para la afiliación de los hermanos con derecho a la afiliación, el titular del Seguro debe presentar diferentes requisitos, además debe demostrar su dependencia absoluta, aspecto que debe ser necesariamente verificado por Trabajo Social.
El trabajador podrá afiliar a sus nietos siempre y cuando estos sean huérfanos o abandonados que sean parientes consanguíneos (exclusivamente abuelos con relación a los nietos menores de 19 años) de un asegurado o rentista que vivan a expensas de este, además bajo su custodia y responsabilidad.
Para la afiliación del nieto, el asegurado deberá presentar:
Existen casos excepcionales, para los cuales se solicitan diferentes requisitos, mismos que permite hacer la verificación correcta antes de hacer el cambio requerido por el Titular del Seguro.
Nota. - Para partos Extra institucionales tiene 10 días de plazo para solicitar la baja médica en su consultorio donde realizó sus controles prenatales, caso contrario el tramite deberá realizar en la Comisión de Prestaciones baja médica retroactiva.
Nota. - presentar todos los requisitos en folder amarillo a Trabajo Social. Cabe aclarar que la Comisión Calificadora Reinserción Beneficiario debe emitir Resolución expresa para la baja de la o del conviviente.